Barcelona. (EFE).- La Audiencia de Barcelona ha condenado a quince años de prisión a un hombre por haber asesinado a otro con quien pensaba que su mujer tenía una aventura, al rebajarle la pena por considerar que actuó en un "estado pasional de intensidad" debido a los celos.
En su sentencia, la Audiencia condena al acusado por un delito de asesinato, Henryk Krystian Sawicki, y, de acuerdo con el veredicto del jurado popular que lo juzgó, le aplica la atenuante de estado pasional, al haber actuado "movido por la sospecha de que su compañera estaba manteniendo una relación sentimental con la víctima".
El crimen ocurrió el 1 de agosto de 2008, cuando el procesado se dirigió a la plaza Sarrià de Barcelona, donde se encontraba su pareja con una amiga y, sentado en un banco a cierta distancia, el fallecido.
Sin mediar palabra, el asesino se acercó a la víctima, de quien sospechaba que mantenía una relación sentimental con su mujer, y le clavó el cuchillo que llevaba en la mano, aprovechando que el hombre estaba totalmente desprevenido y bajo los efectos del alcohol.
Según la sentencia, el procesado actuó en un "estado pasional de intensidad que debió limitar su capacidad de culpabilidad", debido a las sospechas de que su mujer mantenía relaciones con la víctima, unido a sus rasgos de personalidad y a una carta que su pareja escribió, en la que relataba un supuesto episodio de su romance con el fallecido.
En opinión del tribunal, en este caso "se dan todos los requisitos" que establece la jurisprudencia para la apreciación del estado pasional como causa atenuadora de la responsabilidad criminal.
El crimen ocurrió el 1 de agosto de 2008, cuando el procesado se dirigió a la plaza Sarrià de Barcelona, donde se encontraba su pareja con una amiga y, sentado en un banco a cierta distancia, el fallecido.
Sin mediar palabra, el asesino se acercó a la víctima, de quien sospechaba que mantenía una relación sentimental con su mujer, y le clavó el cuchillo que llevaba en la mano, aprovechando que el hombre estaba totalmente desprevenido y bajo los efectos del alcohol.
Según la sentencia, el procesado actuó en un "estado pasional de intensidad que debió limitar su capacidad de culpabilidad", debido a las sospechas de que su mujer mantenía relaciones con la víctima, unido a sus rasgos de personalidad y a una carta que su pareja escribió, en la que relataba un supuesto episodio de su romance con el fallecido.
En opinión del tribunal, en este caso "se dan todos los requisitos" que establece la jurisprudencia para la apreciación del estado pasional como causa atenuadora de la responsabilidad criminal.
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